Cuando una entidad empleadora cambie de RUT empleador, el organismo administrador deberá apoyar el CUV asignado a un determinado centro de trabajo, y continuar el registro en éste, siempre y cuando no se hayan modificado las 2 condiciones referidas anteriormente. El presente capítulo establece las responsabilidades de los organismos administradores https://sergiorcnwi.newsbloger.com/21326134/datos-sobre-mediciones-ambientales-sgsst-revelados